Tramitar una herencia sin testamento en España comienza por confirmar oficialmente que no existe testamento, determinar quiénes son los herederos legales y, después, identificar los bienes, gestionar los impuestos y formalizar el reparto de la herencia.
Puntos clave
- Confirme primero que no existe un testamento válido.
- La declaración de herederos determina quién puede heredar.
- Identifique todos los bienes y deudas del fallecido.
- El impuesto de sucesiones sigue siendo obligatorio.
- Después puede formalizarse y repartirse la herencia.
¿Qué ocurre cuando alguien fallece sin testamento en España?
Fallecer sin testamento no significa que la herencia se pierda ni que los bienes pasen automáticamente al Estado.
Cuando no existe testamento, la ley determina quién tiene derecho a heredar. Para identificar formalmente a esas personas normalmente se realiza una declaración de herederos abintestato. El Ministerio de Justicia explica que este procedimiento determina quiénes son los herederos conforme a los criterios establecidos por la ley.
La principal diferencia está, por tanto, al comienzo del proceso:
| Con testamento | Sin testamento |
|---|---|
| Se obtiene el testamento correspondiente | Se determinan los herederos legales |
| Se aplican sus disposiciones cuando proceda | Se aplican las reglas de sucesión intestada |
| Se continúa con la herencia | Primero se declaran los herederos |
Una vez determinados los herederos, se puede continuar con los bienes, deudas, impuestos y reparto.
Paso 1: Obtenga los certificados necesarios
El primer paso es comprobar oficialmente si el fallecido otorgó testamento.
Normalmente necesitará el certificado de defunción y el Certificado de Actos de Última Voluntad.
Este último permite comprobar si existe testamento y, cuando lo hay, ante qué notario se otorgó. Por eso, no conviene asumir que no existe testamento simplemente porque la familia no haya encontrado ninguno.
Si el certificado confirma que no hay testamento, habrá que determinar quiénes son los herederos legales.
Herederos Abogados puede obtener el primer documento necesario para iniciar la herencia desde 10 €.
Paso 2: Tramite la declaración de herederos
Al no existir un testamento que identifique a los beneficiarios, es necesario determinar formalmente quién tiene derecho a heredar.
Para ello se realiza la declaración de herederos abintestato.
La declaración se tramita ante notario competente. Según el Ministerio de Justicia, la competencia puede estar vinculada al último domicilio o residencia habitual del fallecido, al lugar donde se encuentre la mayor parte de su patrimonio o al lugar del fallecimiento, entre otros supuestos previstos legalmente. MJusticia
En términos sencillos, esta fase responde a una pregunta:
Si no hay testamento, ¿quién tiene derecho a heredar?
Una vez determinado, puede continuar la tramitación de la herencia.
Paso 3: Identifique los bienes y las deudas
El siguiente paso es determinar exactamente qué dejó el fallecido.
La herencia puede incluir:
- Viviendas y otros inmuebles.
- Cuentas bancarias y ahorros.
- Inversiones y otros activos.
- Hipotecas, préstamos y deudas pendientes.
- Otros derechos y obligaciones económicas.
Es importante conocer tanto los bienes como las deudas antes de tomar decisiones sobre la herencia.
Que no exista testamento cambia la forma de determinar quién hereda, pero no elimina las deudas u obligaciones que formen parte del patrimonio.
Paso 4: Valore y reparta la herencia
Una vez determinados los herederos, bienes y deudas, se puede valorar el patrimonio y calcular qué corresponde a cada heredero.
Esto cobra especial importancia cuando existe una vivienda.
Por ejemplo, varios hermanos pueden heredar un mismo inmueble sin que exista testamento. Será necesario determinar sus respectivas participaciones y decidir qué hacer posteriormente con la propiedad.
Una valoración adecuada ayuda a establecer:
- El valor de los inmuebles heredados.
- La parte correspondiente a cada heredero.
- La situación fiscal de la herencia.
- Una base para realizar el reparto.
Si los herederos no están de acuerdo, puede ser necesaria una negociación o asistencia jurídica adicional.
Paso 5: Gestione el impuesto de sucesiones
Una herencia sin testamento sigue estando sujeta a las obligaciones fiscales correspondientes.
En Andalucía, el plazo general para presentar el Impuesto sobre Sucesiones es de seis meses desde el fallecimiento. Puede solicitarse una prórroga de seis meses adicionales, pero la solicitud debe presentarse dentro de los primeros cinco meses.
La cantidad a pagar depende, entre otros factores, del valor recibido, el parentesco con el fallecido y las normas autonómicas aplicables.
Por tanto, para una herencia en Málaga deben revisarse específicamente las reglas fiscales de Andalucía.
Paso 6: Formalice y reparta la herencia
Una vez identificados los herederos, determinado el patrimonio y gestionadas las obligaciones fiscales correspondientes, puede formalizarse el reparto.
Cuando existen inmuebles, el proceso también puede incluir la posterior inscripción de la nueva titularidad en el Registro de la Propiedad.
El objetivo final es que los bienes dejen de formar parte del patrimonio del fallecido y queden correctamente adjudicados a los herederos.
¿Qué ocurre si hay una vivienda pero no hay testamento?
La vivienda no pasa automáticamente a un familiar concreto.
Primero hay que determinar quiénes son los herederos legales. Después, el inmueble se incluye dentro del patrimonio hereditario, se valora y se adjudica según corresponda.
Si varias personas heredan la vivienda, pueden posteriormente:
- Mantenerla en copropiedad.
- Adjudicarla a uno de los herederos.
- Venderla y repartirse el importe.
La opción adecuada dependerá de los derechos de cada heredero y de si existe acuerdo entre ellos.
¿Qué pasa si los herederos no se ponen de acuerdo?
La ausencia de testamento puede generar más incertidumbre porque el fallecido no dejó instrucciones sobre el reparto de sus bienes.
Si los herederos discrepan sobre una vivienda, su valoración o el reparto, puede intentarse primero alcanzar un acuerdo.
Cuando esto no sea posible, existen procedimientos legales para resolver el conflicto y continuar con la división de la herencia.
¿Puede tramitarse la herencia a distancia?
En muchos casos, los herederos que viven fuera de Málaga o de España no necesitan gestionar personalmente cada trámite.
Dependiendo de las circunstancias y de la representación otorgada, un profesional puede ayudar a obtener documentación y coordinar las fases legales, notariales y fiscales.
Esto resulta especialmente útil cuando existen inmuebles en Málaga pero los herederos residen en otro país.
¿Quién puede gestionar una herencia sin testamento por mí?
Si no quiere encargarse personalmente de los certificados, la declaración de herederos, el inventario, la valoración, los impuestos y los trámites relacionados con los inmuebles, un especialista puede coordinar el proceso.
Herederos Abogados puede ayudar desde el comienzo, obteniendo el primer documento necesario desde 10 €, y continuar posteriormente con el resto de la gestión de la herencia si lo necesita.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si una persona muere sin testamento en España?
La ley determina quién tiene derecho a heredar. Normalmente será necesario identificar formalmente a los herederos mediante una declaración de herederos abintestato.
¿Quién hereda cuando no hay testamento?
Depende de las circunstancias familiares del fallecido y de la normativa sucesoria aplicable. La declaración de herederos establece formalmente quién tiene derecho a recibir la herencia.
¿Hay que pagar el impuesto de sucesiones si no existe testamento?
Sí. La inexistencia de testamento no elimina las obligaciones fiscales. En Andalucía, el plazo general de presentación es de seis meses desde el fallecimiento.
¿Puedo heredar una vivienda si no hay testamento?
Sí. Primero deben determinarse los herederos legales y después la vivienda puede adjudicarse como parte de la herencia.
¿Se puede gestionar una herencia sin testamento a distancia?
Dependiendo del caso, muchas fases pueden coordinarse sin que el heredero tenga que estar físicamente presente durante todo el proceso.

